La Oficina de Procuraduría Estudiantil, (OPE) representa el compromiso de la Universidad de Puerto Rico con el diálogo, la comunicación y la mediación como herramientas fundamentales para la convivencia en la comunidad universitaria.

Misión

Velar que los estudiantes reciban un trato justo y razonable en sus relaciones con las autoridades universitarias y contribuir a la solución informal de conflictos con instancias reglamentarias de la universidad o con miembros de la comunidad académica.

Visión

Asegurar la solución razonable a los conflictos.

Política de la Universidad de Puerto Rico sobre la Procuraduría Estudiantil

Informes

ÁREA QUE ATENDEMOS

  1. Hostigamiento Sexual
  2. Reglamentación o normas institucionales (bajas, F administrativa, asistencia, etc.)
  3. Elementos del curso (discrepancias sobre prontuario, requisitos y revisiones de notas)
  4. Situaciones de conflicto entre estudiantes
  5. Reclamos en cuanto a servicios (Departamentos Académicos, Oficinas de servicio al Estudiante, Acomodo Razonable, trato, entre otros)
  6. Atender reclamos de represalias de las partes que reciban los servicios de la Procuraduría Estudiantil

FUNCIONES

  1. Contribuir a la solución de problemas estudiantiles que resulten en conflictos con otros miembros de la comunidad académica o con instancias reglamentarias de la universidad.
  2. Velar que los estudiantes reciban un trato justo y razonable en sus relaciones con las autoridades y funcionarios universitarios, sirviendo como asesor, mediador, intecesor y conciliador entre los estudiantes y los demás integrantes de la comunidad universitaria.
  3. Servir de consultor con respecto a la planificación, el desarrollo o la implantación de normas o procedimientos que tienen impacto en la vida estudiantil.
  4. Complementar de manera ágil procedimientos establecidos reglamentariamente con el fin de atender, por la vía informal, situaciones conflictivas entre los estudiantes y los demás integrantes de la comunidad universitaria.
  5. Recomendar cambios normativos o de prácticas con el fin de mejorar la convivencia universitaria.
  6. Orientar, educar y asesorar activamente a la comunidad universitaria sobre los deberes y derechos de los estudiantes.
  7. Atender a cualquier miembro de la comunidad unviersitaria, siempre y cuando traiga una situación que tenga que ver con estudiantes o se relacione con la vida estudiantil.
  8. Dar seguimiento para asegurar que se resuelven las situaciones. Atender reclamos de represalias de las partes que reciban o participen de los servicios de la procuraduría.

Principios éticos que rigen los servicios de Procuraduría Estudiantil

Accesibilidad

Los servicios de la procuraduría estudiantil se deben ofrecer de tal forma que resulten accesibles tanto en hora como en lugar, a todos los estudiantes de la institución.

Confidencialidad

Los servicios de procuraduría estudiantil se deben caracterizar por el respeto a la confidencialidad, de acuerdo con la ley y con la privacidad de las personas involucradas.

Independencia

Los servicios de procuraduría estudiantil se deben ofrecer con independencia de criterio, por lo que no están supeditas a ningún sector en particular de la comunidad universitaria.

Neutralidad

Los servicios de procuraduría estudiantil se deben ofrecer con clara actitud de neutralidad ante los reclamos de todas las partes involucradas. La evaluación de las situaciones se regirá por el deber de hacer justicia y fundamentada en la verdad.

Sobre la Oficina

La Oficina de Procuraduría Estudiantil, (OPE) representa el compromiso de la Universidad de Puerto Rico con el diálogo, la comunicación y la mediación como herramientas fundamentales para la convivencia en la comunidad universitaria.

Misión

Velar que los estudiantes reciban un trato justo y razonable en sus relaciones con las autoridades universitarias y contribuir a la solución informal de conflictos con instancias reglamentarias de la universidad o con miembros de la comunidad académica.

Visión

Asegurar la solución razonable a los conflictos.

Política de la Universidad de Puerto Rico sobre la Procuraduría Estudiantil

Informes

ÁREA QUE ATENDEMOS

  1. Hostigamiento Sexual
  2. Reglamentación o normas institucionales (bajas, F administrativa, asistencia, etc.)
  3. Elementos del curso (discrepancias sobre prontuario, requisitos y revisiones de notas)
  4. Situaciones de conflicto entre estudiantes
  5. Reclamos en cuanto a servicios (Departamentos Académicos, Oficinas de servicio al Estudiante, Acomodo Razonable, trato, entre otros)
  6. Atender reclamos de represalias de las partes que reciban los servicios de la Procuraduría Estudiantil

FUNCIONES

  1. Contribuir a la solución de problemas estudiantiles que resulten en conflictos con otros miembros de la comunidad académica o con instancias reglamentarias de la universidad.
  2. Velar que los estudiantes reciban un trato justo y razonable en sus relaciones con las autoridades y funcionarios universitarios, sirviendo como asesor, mediador, intecesor y conciliador entre los estudiantes y los demás integrantes de la comunidad universitaria.
  3. Servir de consultor con respecto a la planificación, el desarrollo o la implantación de normas o procedimientos que tienen impacto en la vida estudiantil.
  4. Complementar de manera ágil procedimientos establecidos reglamentariamente con el fin de atender, por la vía informal, situaciones conflictivas entre los estudiantes y los demás integrantes de la comunidad universitaria.
  5. Recomendar cambios normativos o de prácticas con el fin de mejorar la convivencia universitaria.
  6. Orientar, educar y asesorar activamente a la comunidad universitaria sobre los deberes y derechos de los estudiantes.
  7. Atender a cualquier miembro de la comunidad unviersitaria, siempre y cuando traiga una situación que tenga que ver con estudiantes o se relacione con la vida estudiantil.
  8. Dar seguimiento para asegurar que se resuelven las situaciones. Atender reclamos de represalias de las partes que reciban o participen de los servicios de la procuraduría.

Principios Éticos

Principios éticos que rigen los servicios de Procuraduría Estudiantil

Accesibilidad

Los servicios de la procuraduría estudiantil se deben ofrecer de tal forma que resulten accesibles tanto en hora como en lugar, a todos los estudiantes de la institución.

Confidencialidad

Los servicios de procuraduría estudiantil se deben caracterizar por el respeto a la confidencialidad, de acuerdo con la ley y con la privacidad de las personas involucradas.

Independencia

Los servicios de procuraduría estudiantil se deben ofrecer con independencia de criterio, por lo que no están supeditas a ningún sector en particular de la comunidad universitaria.

Neutralidad

Los servicios de procuraduría estudiantil se deben ofrecer con clara actitud de neutralidad ante los reclamos de todas las partes involucradas. La evaluación de las situaciones se regirá por el deber de hacer justicia y fundamentada en la verdad.

Solicitud de Srevicios

Proceso a seguir para recibir los servicios de Procuraduría

La Procuraduría Estudiantil siempre está accesible para el estudiante. El estudiante puede visitar la oficina en cualquier momento. Allí será orientado conforme a su necesidad, deberes, derechos y normas univeristarias aplicables.

Lunes a viernes, 8:00am – 12:00m y de 1:00pm a 4:30pm

Procurador(a) estudiantil
e-mail: procuraduria.upru@upr.edu

Dirección: PO Box 2500 Utuado P.R. 00641
Tel. (787) 894-2828 Ext. 2624